Régimen penal y contravencional para la prevención y represión de la violencia en espectáculos deportivos (Régimen penal y contravencional para la prevención y represión de la violencia en espectáculos depor) Nacional
Régimen penal y contravencional para la prevención y represión de la violencia en espectáculos deportivos Nacional
- Artículo 1. El presente capítulo se aplicará a los hechos previstos en él, cuando se...
- Artículo 2. Cuando en las circunstancias del artículo 1º se cometieren delitos previstos...
- Artículo 3. Será reprimido con prisión de uno a seis años, si no resultare un delito mas...
- Artículo 4. Serán preprimidos con prisión de un mes a tres años siempre que no...
- Artículo 5. Será reprimido con prisión de uno a seis años el que instigare, promoviere o...
- Artículo 6. Será reprimido con prisión de un mes a dos años, el que resistiere o...
- Artículo 7. Será reprimido con prisión de un mes a tres años el que impidiere, mediante...
- Artículo 8. Será reprimido con prisión de seis meses a tres años el que destruyere o de...
- Artículo 9. Será reprimido con prisión de seis meses a tres años el que, sin crear una...
- Artículo 10. Los jueces impondrán como adicional de la condena, una o más de las...
- Artículo 11. Cuando alguno de los delitos de este capítulo hubiese sido cometido por un...
- Artículo 12. En el juzgamiento de los delitos indicados precedentemente, entenderá la...
- Artículo 13. El presente Capítulo queda incorporado a las disposiciones penales de...
- Artículo 14. Este capítulo se aplicará en la Capital Federal a las contravenciones en el...
- Artículo 15. El obrar culposo es suficiente para que se considere punible la falta, salvo...
- Artículo 16. Las contravenciones previstas en este capítulo serán sancionadas con las...
- Artículo 17. La pena de prohibición de concurrencia consiste en la interdicción impuesta...
- Artículo 18. La pena de prohibición de concurrencia será cumplida por el contraventor,...
- Artículo 19. El arresto se cumplirá en establecimientos especiales o en dependencias...
- Artículo 20. Habrá reincidencia cuando el condenado por alguna contravención prevista en...
- Artículo 21. En caso de primera reincidencia, la pena de prohibición de...
- Artículo 22. La condena en virtud de las disposiciones del presente Capítulo será...
- Artículo 23. El que controlare el ingreso del público y no entregare a los...
- Artículo 24. El que perturbare el orden de las filas formadas para la adquisición de...
- Artículo 25. El encargado de venta de entradas, que no ofreciere manifiestamente la...
- Artículo 26. El concurrente que sin estar autorizado reglamentariamente, ingresare al...
- Artículo 27. El que, por cualquier medio pretenda acceder o acceda a un sector...
- Artículo 28. El que no acatare la indicación emanada de la autoridad pública...
- Artículo 29. Los que, con el propósito de provocar a los simpatizantes del...
- Artículo 30. El que mediante carteles, megáfonos, altavoces, emisoras o cualquier otro...
- Artículo 31. El que llevare consigo artificios pirotecnicos será sancionado con veinte...
- Artículo 32. El que por cualquier medio, creare el peligro de una aglomeración o...
- Artículo 33. El que intencionalmente modifique su apariencia o de cualquier forma...
- Artículo 34. El que arrojare líquidos, papeles encendidos, objetos o sustancias que...
- Artículo 35. El que formare parte de un grupo de tres o más personas, por el solo...
- Artículo 36. El que de cualquier modo participare en una riña, será sancionado con veinte...
- Artículo 37. El deportista, dirigente, periodista, protagonista u organizador de un...
- Artículo 38. El que introdujere, tuviere en su poder, guardare o portare armas blancas o...
- Artículo 39. El condenado a la pena de prohibición de concurrencia que quebrantando la...
- Artículo 40. El vendedor ambulante que expendiere o suministre bebidas o alimentos en...
- Artículo 41. Los vendedores ambulantes, que suministraren en forma estable o...
- Artículo 42. El que instigare, promoviere o facilitare la comisión de una...
- Artículo 43. El organizador que, sin autorización de la autoridad de aplicación diere...
- Artículo 44. Los hechos filmados por la autoridad competente constituyen plena...
- Artículo 45. A los efectos de la presente ley se considera. a) Concurrente: El que se...
- Artículo 45 bis. En todos los procesos que se sustancien como consecuencia de alguno de los...
- Artículo 45 ter. Será carga activa de los jueces hacer saber, en forma fehaciente la medida...
- Artículo 45 quater. Créase el Registro Nacional de Infractores a la Ley del Deporte, en el ámbito...
- Artículo 46. En la Capital Federal y hasta tanto entre en vigencia el Código...
- Artículo 47. En cuanto a las garantías en beneficio de los contraventores, serán de...
- Artículo 48. Entre la Policía Federal Argentina, los organismos de seguridad y las...
- Artículo 49. En jurisdicción nacional, el Poder Ejecutivo, por medio del organismo que...
- Artículo 50. El órgano de aplicación que determina la ley 20655 tendrá a su cargo...
- Artículo 51. CAPITULO VI RESPONSABILIDAD CIVIL
- Artículo 52. CAPITULO VII
- Artículo 53. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Créase el derecho real de superficie forestal, constituido a favor de terceros, por los titulares de dominio o condominio sobre un inmueble susceptible de forestación o silvicultura Club Social y Cultural Deportivo Penales Derechos del paciente en su relación con los profesionales e instituciones de la salud Declaración de Emergencia en Materia de Posesión y Propiedad de las Tierras de las Comunidades Indígenas Originarias del País Traducciones y Adaptaciones de Obras de Autores ExtranjerosMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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