Régimen Legal para el Ejercicio Profesional de los Técnicos en Emergencias Médicas (Régimen Legal para el Ejercicio Profesional de los Técnicos en Emergencias Médicas) Provincia de Buenos Aires
Régimen Legal para el Ejercicio Profesional de los Técnicos en Emergencias Médicas Provincia de Buenos Aires
- Artículo 1. En la Provincia de Buenos Aires el ejercicio de la profesión de Técnico en...
- Artículo 2. A los fines de cumplir con la presente, se considera ejercicio profesional...
- Artículo 3. Los Técnicos en Emergencias Médicas podrán ejercer sus funciones e...
- Artículo 4. Constituye ejercicio ilegal de la profesión el desarrollo de funciones e...
- Artículo 5. Son responsables del cumplimiento de la presente los efectores públicos o...
- Artículo 6. El ejercicio de la profesión de Técnico en Emergencias Médicas está...
- Artículo 7. Para emplear el título de especialista o anunciarse como tales, los Técnicos...
- Artículo 8. La competencia en cuanto al transporte sanitario comprende: a)...
- Artículo 9. Las competencias en la atención sanitaria en situaciones con múltiples...
- Artículo 10. Las competencias profesionales, personales y sociales comprenden: a)...
- Artículo 11. Las competencias profesionales, personales y sociales comprenden: a)...
- Artículo 12. Son obligaciones de los Técnicos en Emergencias Médicas: a)...
- Artículo 13. Les está prohibido a los Técnicos en Emergencias Médicas: a) Someter a...
- Artículo 14. Para el ejercicio de la profesión de Técnico en Emergencias Médicas, se...
- Artículo 15. La matriculación en el registro implicará para el mismo el ejercicio del...
- Artículo 16. Son causas de suspensión de la matrícula:a) Petición del interesado. b)...
- Artículo 17. Son causas de cancelación de la matrícula: a) Petición del interesado....
- Artículo 18. El Ministerio de Salud ejercerá el poder disciplinario con independencia de...
- Artículo 19. Los Técnicos en Emergencias Médicas quedarán sujetos a las sanciones...
- Artículo 20. Las medidas disciplinarias son: a) El llamado de atención b) El...
- Artículo 21. Las personas que a la fecha de entrada en vigencia de la presente estén...
- Artículo 22. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente en un plazo de ciento ochenta...
- Artículo 23. Comuníquese al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
Instítuyen al día 7 de Junio de cada año, como Día Provincial de la Sensibilización sobre el Síndrome de Tourette Declaran a la ciudad de Miramar, Capital Provincial del Arte a Cielo Abierto Decláranse de utilidad pública y expropiación de inmuebles ubicados en el Partido de Brandsen Declaran Personalidad Destacada Post Mortem al señor Horacio Guarany Financiamiento para la segunda etapa de la reconstrucción de la infraestructura dañada por las inundaciones del 2 de abril de 2013Mejores juristas
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Adoptan en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires la implementación del logotipo Símbolo Internacional de Accesibilidad Universal Provincia de Buenos Aires Usuario Viviana Vitulich Código Procesal Penal Misiones Artículo 70. Derecho del Imputado Código Procesal Civil y Comercial Chubut Artículo 366. PRESCINDENCIA DE APERTURA A PRUEBA POR CONFORMIDAD DE PARTES Creación del Programa Provincial de Diabetes Provincia de Entre RíosPublique la información de sí mismo
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