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Régimen de Jubilaciones y Pensiones y servicios de Obra Social para el Personal de la Administración Artículo 56 Provincia de Misiones


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 19/05/2024

Régimen de Jubilaciones y Pensiones y servicios de Obra Social para el Personal de la Administración Pública Misiones
Artículo 56.

Para tener derecho a cualquiera de los beneficios que acuerda esta Ley, el afiliado debe reunir los requisitos necesarios para su logro encontrándose en actividad, salvo en los casos que a continuación se indica:

1) cuando acredita diez (10) años de servicios con aportes computables en cualquier régimen, comprendido dentro del sistema de reciprocidad jubilatoria, tienen derecho a jubilación por invalidez si la incapacidad se produce dentro de los dos (2) años posteriores al cese;

2) la jubilación ordinaria o por edad avanzada, se otorga al afiliado que reuniendo los restantes requisitos para el logro de estos beneficios, cesa en la actividad dentro de los dos (2) años inmediatamente anteriores a la fecha en que cumple la edad requerida para la obtención de cada una de esas prestaciones.

Provincia de Misiones Artículo 56 Régimen de Jubilaciones y Pensiones y servicios de Obra Social para el Personal de la Administración Pública
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion


Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


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