Normas de procedimiento administrativo Artículo 66 Provincia de Buenos Aires
Normas de procedimiento administrativo Buenos Aires
Artículo 66.
El emplazamiento o citación de personas inciertas o cuyo domicilio se ignore, se hará por edictos publicados en el " Boletín Oficial " y por la radio difusora oficial durante cinco días seguidos. El emplazamiento o citación se tendrá por efectuado cinco días después y se proseguirá el trámite en el estado en que se hallen las actuaciones.
La publicación del edicto y su radiodifusión se acreditarán con los comprobantes emanados de los organismos respectivos.
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Usuario Juan Carlos Amarilla Código de Procedimiento Penal y Correccional Neuquén Artículo 165. Denuncia ante la policía Estatuto del personal docente de la Provincia Buenos Aires Artículo 150. Código Fiscal Neuquén Artículo 74. El procedimiento en el sumario Normas de procedimiento administrativo Buenos Aires Artículo 46.Publique la información de sí mismo
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