Ley Procesal de Familia Artículo 85 Provincia de Entre Ríos
Ley Procesal de Familia Entre Ríos
Artículo 85. Trámite
Excepto disposición expresa de esta ley, el proceso de filiación tramita por la vía del proceso ordinario por audiencias, o el que determine el Juez por decisión fundada.
La etapa previa judicial se limitará, en caso de ser dispuesta, a intentar la realización consensuada de la prueba genética y a tratar sobre la petición de daño moral.-
Provincia de Entre Ríos Artículo 85 Ley Procesal de Familia
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Código Procesal Civil y Comercial Río Negro Artículo 805. DEMANDA Código de Procedimiento Penal y Correccional Neuquén Artículo 307. Falta de jurisdicción o de competencia Código de Procedimiento Penal y Correccional Neuquén Artículo 255. Presentación espontánea Ley Orgánica del Poder Judicial Misiones Artículo 58. Regimen para el desarrollo de la tecnologia, produccion, uso y aplicaciones del hidrogeno como combustible y vector de energia Nacional Artículo 20.Publique la información de sí mismo
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