Ley Procesal de Familia Artículo 245 Provincia de Entre Ríos
Ley Procesal de Familia Entre Ríos
Artículo 245. Características del Proceso
El proceso de restitución internacional de menores de edad, reviste el carácter de urgente y autónomo. Tiene estructura monitoria.
Este proceso no podrá exceder las seis semanas de duración, contadas desde la fecha de presentación de la demanda y computada la revisión de la sentencia.
El Ministerio Público tiene intervención necesaria.
Si fuera condición para la comunicación con las partes o la persona menor de edad en audiencia, se designará traductor del idioma correspondiente.-
Provincia de Entre Ríos Artículo 245 Ley Procesal de Familia
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Código Procesal Civil y Comercial Río Negro Artículo 165. MONTO DE LA CONDENA AL PAGO DE FRUTOS, INTERESES, DAÐOS Y PERJUICIOS Ley Procesal de Familia Entre Ríos Artículo 34. Requisitos Normas de procedimiento administrativo Buenos Aires Artículo 131. Ley Procesal de Familia Entre Ríos Artículo 284. Trámite Código Procesal Civil y Comercial Buenos Aires Artículo 800. Pago de la multaPublique la información de sí mismo
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