Ley Procesal de Familia Artículo 199 Provincia de Entre Ríos
Ley Procesal de Familia Entre Ríos
Artículo 199. Sentencia
Fundado en la prueba incorporada, el Juez, en la Sentencia podrá:
1) Declarar la inhabilitación por prodigalidad, si está acreditado que en la gestión de sus bienes la persona expone a su cónyuge, conviviente, hijos menores de edad o con discapacidad a la pérdida del patrimonio;
2) Designar el o los apoyos para que asistan a la persona en los actos de disposición entre vivos y los demás actos que determine;
3) Ordenar la inscripción de la sentencia en el Registro Civil del Estado y Capacidad de las Personas su anotación al margen de la partida de nacimiento. Podrá disponer la inscripción en los demás Registros que correspondan.-
Provincia de Entre Ríos Artículo 199 Ley Procesal de Familia
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Leer de nuevo
Constitución Entre Ríos Artículo 43. Se otorga carácter de fiesta provincial a la "Fiesta del Chorizo Casero" que se celebra durante el mes de agosto de cada año en la ciudad de Villa Regina Provincia de Río Negro Código de Procedimiento Penal y Correccional Neuquén Artículo 392. Reglas generales Constitución Río Negro Artículo 188. PROHIBICION Ley Procesal de Familia Entre Ríos Artículo 47. ProcedenciaPublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios