Ley penal tributaria (Ley penal tributaria) Nacional
Ley penal tributaria Nacional
- Artículo 1. Evasión simple
- Artículo 2. Evasión agravada
- Artículo 3. Aprovechamiento indebido de subsidios
- Artículo 4. Obtención fraudulenta de beneficios fiscales
- Artículo 5. En los casos de los artículos 2, inciso c), 3 y 4, además de las penas allí...
- Artículo 6. Apropiación indebida de tributos
- Artículo 7. Evasión simple
- Artículo 8. Evasión agravada
- Artículo 9. Apropiación indebida de recursos de la seguridad social
- Artículo 10. Insolvencia fiscal fraudulenta
- Artículo 11. Simulación dolosa de pago
- Artículo 12. Alteración dolosa de registros
- Artículo 12 bis. Será reprimido con prisión de uno (1) a cuatro (4) años, el que modificare o...
- Artículo 13. Las escalas penales se incrementarán en un tercio del mínimo y del máximo,...
- Artículo 14. Cuando alguno de los hechos previstos en esta ley hubiere sido ejecutado en...
- Artículo 15. El que a sabiendas: a) Dictaminare, informare, diere fe, autorizare o...
- Artículo 16. El sujeto obligado que regularice espontáneamente su situación, dando...
- Artículo 17. Las penas establecidas por esta ley serán impuestas sin perjuicio de las...
- Artículo 18. El organismo recaudador formulará denuncia una vez dictada la determinación...
- Artículo 19. Derogado por artículo 16 Ley 26.735.
- Artículo 20. La formulación de la denuncia penal no suspende ni impide la sustanciación y...
- Artículo 21. Cuando hubiere motivos para presumir que en algún lugar existen elementos de...
- Artículo 22. Respecto de los tributos nacionales para la aplicación de la presente ley en...
- Artículo 23. El organismo recaudador podrá asumir, en el proceso penal, la función de...
- Artículo 24. NOTA DE REDACCION
- Artículo 25. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Estrategia Integral para Fortalecer las Trayectorias Educativas Afectadas por la Pandemia por Covid-19 Régimen penal y contravencional para la prevención de la violencia en espectáculos deportivos Unidad de Información Financiera Ley de Fortalecimiento del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios de la República Argentina Producción de autopartes e importación de automotoresMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios