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Ley Orgánica del Poder Judicial Artículo 111 Provincia de Misiones


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 19/05/2024

Ley Orgánica del Poder Judicial Misiones
Artículo 111.

Corresponde a los Fiscales de Primera Instancia y Agentes Fiscales:

1) intervenir en las cuestiones de competencia y en la tramitación de exhortos;

2) intervenir en los juicios sobre nulidad de matrimonio, filiación, ausencia con presunción de fallecimiento, divorcio, inscripción y rectificación de actas del Registro de las Personas y en todo asunto que afecta el estado civil de las personas;

3) intervenir en los concursos preventivos y quiebras, y juicios sucesorios en la forma que determinan las leyes procesales;

4) expedirse sobre los documentos y contratos presentados en juicio y sujetos al pago de sellados;

5) intervenir en todo asunto relativo al orden público;

6) intervenir en todos los casos en que la participación del Ministerio Fiscal es requerida en la forma que determinan los códigos procesales y las leyes especiales;

7) intervenir en toda causa criminal, solicitando la aplicación de las penas respectivas y demás medidas que requieren el ejercicio de su ministerio;

8) asistir a las visitas de cárceles y suministrar a los jueces datos e informes sobre las causas que requieren su despacho;

9) vigilar el estricto cumplimiento de los plazos procesales en la materia que así corresponde;

10) ejercer las demás funciones que le confieren la Constitución, los códigos y leyes especiales.

Provincia de Misiones Artículo 111 Ley Orgánica del Poder Judicial
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion


Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


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