Ley Orgánica del Poder Judicial Artículo 96 Provincia de Entre Ríos
Ley Orgánica del Poder Judicial Entre Ríos
Artículo 96. Atribuciones y deberes
Corresponde a los agentes fiscales intervenir:
1. En las cuestiones de competencia y en la tramitación de exhortos.
2. En toda cuestión relativa al estado civil, de familia y capacidad de las personas.
3. En los concursos civiles y comerciales, en los procesos sucesorios y en los de ausencia y en todos los demás casos determinados por las leyes.
4. Cuidar que se cumplan estrictamente los plazos procesales.
5. Promover la acción penal en la forma establecida en las leyes procesales, y vigilar la sustanciación de las causas penales, cuidando que no se dilaten ni prescriba la acción.
6. Participar activamente en la investigación de los delitos, colaborando con el juez de instrucción y policía judicial o administrativa.
7. Asistir a la declaración del imputado durante la instrucción.
8. Comunicar al fiscal del Superior Tribunal cualquier irregularidad que observen en los juzgados ante los que actúen y hacer saber a aquél, o a los fiscales de cámara, según el caso, los recursos que interpusieren contra las resoluciones de los jueces.
9. Asistir a las visitas de cárceles que realicen los jueces de Instrucción o en lo correccional.
10. Ejercer, respecto del personal de la Fiscalía a su cargo las facultades enumeradas en los incs. 7 y 9 del art. 88.
11. Conceder a su personal licencia por un plazo no mayor de siete días.
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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