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Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal Artículo 41 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 27/05/2024

Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal Nacional
Artículo 41. Elaboración del presupuesto

La Procuración General de la Nación elaborará anualmente, sobre la base de las pautas técnicas establecidas para las jurisdicciones y entidades del sector público nacional y observando los principios de transparencia en la gestión y eficiencia en el uso de los recursos, el presupuesto general de recursos y gastos del Ministerio Público Fiscal de la Nación para el año siguiente.

El proyecto de presupuesto del organismo será remitido al Poder Ejecutivo nacional para su incorporación al Proyecto de Presupuesto General de la Administración Nacional que se presenta anualmente ante el Honorable Congreso de la Nación.

El Procurador General de la Nación está facultado a disponer las reestructuraciones y compensaciones que considere necesarias, dentro de la suma total correspondiente al Ministerio Público Fiscal de la Nación, en el Presupuesto General de la Administración Nacional, a cuyo fin deberá observar los principios de transparencia en la gestión y eficiencia en el uso de los recursos



Nacional Artículo 41 Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal
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No, por los años que tiene puede iniciar la usucapion de 20 años. Comprobando la posecion con testigos mas impuestos pagos


La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion


Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


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