Ley marco de regulación del empleo público Artículo 17 Provincia de Entre Ríos
Ley marco de regulación del empleo público Entre Ríos
Artículo 17. Agrupamientos
El personal comprendido en el ámbito del presente escalafón revistará, de acuerdo con la naturaleza de las funciones que le hubieren sido asignadas, en alguno de los siguientes agrupamientos:a) Conducción;
b) Profesional;
c) Administrativo y Técnico;
d) Servicios Auxiliares.
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Constitución Neuquén Artículo 297. Intervenció Declaración de Patrimonio Histórico, Cultural, Paisajístico y Turístico, a la antigua Capilla San Roque y al Arco de acceso de la ex tabacalera 43 Nobleza Picardo Provincia de Misiones Código Procesal Penal Misiones Artículo 78. Formalidades para su Presentación Ley provincial de educación Buenos Aires Artículo 149. Constitución Neuquén Artículo 151. Participación presupuestariaPublique la información de sí mismo
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