Ley de Protección Integral e Igualdad de Oportunidades y Equidad de Género Artículo 45 Provincia del Chubut
Ley de Protección Integral e Igualdad de Oportunidades y Equidad de Género Chubut
Artículo 45. Medidas urgentes
Toda autoridad Jurisdiccional de cualquier fuero, aún si fuere incompetente, está facultada para disponer medidas de protección especiales en caso de urgencia, sin perjuicio de la posterior remisión de las actuaciones a la autoridad jurisdiccional competente.
Provincia del Chubut Artículo 45 Ley de Protección Integral e Igualdad de Oportunidades y Equidad de Género
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Declaración de Personalidad Destacada Post Mortem de la Provincia al Señor Osvaldo Juan Zubeldía Chidichino Provincia de Buenos Aires Funciones desempeñadas por el Fiscal de Estado en el marco de las competencias atribuidas por el artículo 215 de la Constitución Provincial Provincia del Chubut Código Contencioso Administrativo Buenos Aires Artículo 57. Diligencias procesales procedentes en el recurso de apelación contra las sentencias definitivas Régimen del deporte Provincia de Buenos Aires Código Procesal Civil y Comercial Chubut Artículo 527. DEUDA PARCIALMENTE LIQUIDAPublique la información de sí mismo
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