Ley de los Colegios de Abogados (Ley de los Colegios de Abogados) Provincia de Río Negro
Ley de los Colegios de Abogados Provincia de Río Negro
- Artículo 1. Cada Colegio de Abogados de la Provincia de Río Negro tendrá a su cargo el...
- Artículo 2. La carga establecida en el artículo 143, inc. b) de la Ley Provincial Nº 2430...
- Artículo 3. La matrícula será llevada de conformidad a las disposiciones de las Acordadas...
- Artículo 4. Los Colegios de Abogados comunicarán al Superior Tribunal de Justicia cada...
- Artículo 5. El juramento previsto en el inciso c) del artículo 143 de la Ley Provincial...
- Artículo 6. La matriculación y la promesa de cumplir los deberes constitucionales,...
- Artículo 7. Los Colegios de Abogados, además de los recursos establecidos en el artículo...
- Artículo 8. El importe de la tasa de matriculación es equivalente al treinta por ciento...
Otras regulaciones
Fija limites del ejido municipal de Comallo Licencia con goce de haberes para los Agentes que presiden las Juntas Vecinales Establece la instalación obligatoria de cartelería alusiva a cada Fiesta Declara Monumento Histórico Provincial a la sede de la Asociación Civil Circulo Italiano de Villa Regina Adhesión de la provincia de a la Ley Nacional 27.467Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Leer de nuevo
Código Procesal Civil y Comercial Río Negro Artículo 433. FORMA DE LA CITACION Código Procesal Civil y Comercial Buenos Aires Artículo 4. Declaración de incompetencia Código Fiscal Neuquén Artículo 23. Solidaridad tributaria. Conjunto económico Ley Orgánica del Poder Judicial Misiones Artículo 15. Regimen para el desarrollo de la tecnologia, produccion, uso y aplicaciones del hidrogeno como combustible y vector de energia Nacional Artículo 9.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios