Ley de Financiamiento Productivo Artículo 214 Nacional
Ley de Financiamiento Productivo Nacional
Artículo 214.
El Presupuesto de la Administración Pública Nacional incluirá las partidas necesarias para el desarrollo de la Estrategia Nacional de Inclusión Financiera. A tal fin, facúltase al Jefe de Gabinete de Ministros a realizar las modificaciones presupuestarias necesarias para la consecución de dicho fin.
Nacional Artículo 214 Ley de Financiamiento Productivo
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Ley Procesal de Familia Entre Ríos Artículo 41. Responsabilidad por incumplimiento de diligencias preliminares. Regla general Ley Orgánica del Poder Judicial Entre Ríos Artículo 71. Competencia material Ley de Ministerios 2023 Buenos Aires Artículo 19. Código Procesal Civil y Comercial Río Negro Artículo 523. TITULOS EJECUTIVOS Código Procesal Civil y Comercial Entre Ríos Artículo 548. Adjudicación de Títulos y AccionesPublique la información de sí mismo
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