Ley de Emergencia Económica (Ley de Emergencia Económica) Provincia del Chubut
Ley de Emergencia Económica Provincia del Chubut
- Artículo 1. Declaración
- Artículo 2. Plazo
- Artículo 3. Suspensiones
- Artículo 4. Mecanismos de cumplimiento
- Artículo 5. Incumplimiento
- Artículo 6. Legislación reglamentaria
- Artículo 7. Orden público
- Artículo 8. LEY GENERAL
Otras regulaciones
Declaración de Chubut No Eutanásica Sustitución de la planilla anexa de la Ley II- 214 Presentaciones y Gestión Electrónicas en el Servicio de Administración de Justicia Declaración de emergencia en materia de explotación de algas Ley organica del ministerio de pobres, ausentes, menores e incapacesMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Declaración como Conjunto de Interés Histórico y Arquitectónico al Edificio del Ex Hospital San José sito en el partido de Junín Provincia de Buenos Aires Código Procesal de Familia Río Negro Artículo 228. Acciones de protección del nombre Código Procesal Civil y Comercial Chubut Artículo 316. IMPROCEDENCIA Código Procesal Penal Río Negro Artículo 250. RESOLUCIÓN Regulación de la actividad de los acompañantes terapéuticos Neuquén Artículo 19.Publique la información de sí mismo
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