Ley Argentina Digital (Ley Argentina Digital) Nacional
Ley Argentina Digital Nacional
- Artículo 1. Objeto
- Artículo 2. Finalidad
- Artículo 3. Ámbito de aplicación
- Artículo 4. Jurisdicción federal y competencia contencioso administrativa
- Artículo 5. Inviolabilidad de las comunicaciones
- Artículo 6. Definiciones generales
- Artículo 7. Definiciones particulares
- Artículo 8. Régimen
- Artículo 9. Principios
- Artículo 10. Contenidos y transporte
- Artículo 11. Condiciones de prestación
- Artículo 12. Requisitos
- Artículo 13. Cesión o transferencia
- Artículo 14. Caducidad o extinción de la licencia
- Artículo 15. Carácter de servicio público en competencia
- Artículo 16. Homologación y certificación. Principio
- Artículo 17. Mecanismos de coordinación para el despliegue de redes de telecomunicaciones
- Artículo 18. Definición
- Artículo 19. Finalidad
- Artículo 20. Alcance y régimen
- Artículo 21. Creación y financiamiento
- Artículo 22. Aportes de inversión
- Artículo 23. Exención de aporte
- Artículo 24. Categorías del Servicio Universal
- Artículo 25. Aplicación de fondos
- Artículo 26. Características
- Artículo 27. Administración, gestión y control
- Artículo 28. Autorizaciones y permisos
- Artículo 29. Cesión y arrendamiento
- Artículo 30. Migración de bandas
- Artículo 31. Asignación directa
- Artículo 32. Autorización
- Artículo 33. Administración, gestión y control
- Artículo 34. Autorización
- Artículo 35. Prioridad de uso
- Artículo 36. Dictado de los planes
- Artículo 37. Atributos
- Artículo 38. Alcance
- Artículo 39. Obligación de acceso e interconexión
- Artículo 40. Régimen general
- Artículo 41. Condiciones particulares
- Artículo 42. Registro y publicación
- Artículo 43. Ofertas de referencia
- Artículo 44. Diseño de arquitectura abierta
- Artículo 45. Desagregación de red local
- Artículo 46. Obligaciones específicas
- Artículo 47. Competencias
- Artículo 48. Regla
- Artículo 49. Tasa de control, fiscalización y verificación
- Artículo 50. Derechos y aranceles radioeléctricos
- Artículo 51. Aranceles administrativos
- Artículo 52. Tasas y gravámenes específicos
- Artículo 53. Exenciones
- Artículo 54. Servicio Público Telefónico
- Artículo 55. Objeto y alcance
- Artículo 56. Neutralidad de red
- Artículo 57. Neutralidad de red. Prohibiciones
- Artículo 58. Velocidad Mínima de Transmisión
- Artículo 59. Derechos
- Artículo 60. Obligaciones
- Artículo 61. Derechos
- Artículo 62. Obligaciones
- Artículo 63. Reglamentación
- Artículo 64. Procedimiento
- Artículo 65. Medidas previas al inicio del proceso sancionatorio
- Artículo 66. Medidas cautelares en el proceso sancionatorio
- Artículo 67. Tipos de sanciones
- Artículo 68. Accesoria de inhabilitación
- Artículo 69. Carácter formal
- Artículo 70. Graduación de sanciones
- Artículo 71. Atenuantes
- Artículo 72. Decomiso
- Artículo 73. Obligación de reintegrar
- Artículo 74. Reiteración
- Artículo 75. Publicidad
- Artículo 76. Recursos
- Artículo 77. Autoridad de Aplicación
- Artículo 78. Naturaleza y domicilio
- Artículo 79. Continuación
- Artículo 80. Funciones
- Artículo 81. Competencias
- Artículo 82. Control
- Artículo 83. Presupuesto
- Artículo 84. Directorio
- Artículo 85. Consejo Federal de Tecnologías de las Telecomunicaciones y la Digitalización. Creación
- Artículo 86. Composición
- Artículo 87. Transferencias
- Artículo 88. Sustitúyese el Capítulo III del Título II de la ley 26.522, el que...
- Artículo 89. La ley 19.798 y sus modificatorias sólo subsistirá respecto de...
- Artículo 90. Alcance
- Artículo 91. Integración del FFSU
- Artículo 92. Derogación
- Artículo 93. Régimen de transición. Licencias
- Artículo 94. Régimen de transición. Plan de implementación
- Artículo 95. Régimen para prestadores entrantes al mercado de servicios de comunicación audiovisual
- Artículo 96. Las restricciones y obligaciones establecidas en los artículos 9°, 94 y...
- Artículo 97. Vigencia
- Artículo 98. Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
Otras regulaciones
Declárase la emergencia pública en materia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria Créase la citada Corporación como persona jurídica de derecho público no estatal, destinada a gestionar y coordinar la implementación del denominado Plan Estratégico Argentina Vitivinícola 2020 - PEVI Regimen legal de fondos comunes de inversion Autorización del banco central de la republica Argentina para actuar como Casa de Cambio Ceremonia escolar de Promesa de Lealtad a la Constitución NacionalMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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