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Institución del sistema integrado de jubilaciones y pensiones Artículo 37 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 27/05/2024

Institución del sistema integrado de jubilaciones y pensiones Nacional
Artículo 37. Gradualismo de edad

La edad establecida en el artículo 19, inciso b) para el logro de la prestación básica universal, se aplicará de acuerdo con la siguiente escala:


HOMBRES MUJERES

Desde
Desde el año Relación de Relación de
dependencia Autónomos dependencia Autónomos

1994
1994 62 65 57 60
1996 63 65 58 60
1998 64 65 59 60
2001 65 65 60 60
2003 65 65 60 60
2005 65 65 60 60
2007 65 65 60 60
2009 65 65 60 60
2011 65 65 60 60




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No, por los años que tiene puede iniciar la usucapion de 20 años. Comprobando la posecion con testigos mas impuestos pagos


La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion


Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


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