Imprimir

Fomento, promoción, protección y difusión de las artes gráficas nacionales Artículo 8 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 27/05/2024

Fomento, promoción, protección y difusión de las artes gráficas nacionales Nacional
Artículo 8. Consejo Asesor

El Consejo Asesor es presidido por el director del Instituto Nacional de las Artes Gráficas, y se integra con cinco (5) vocales designados por el Poder Ejecutivo nacional, quienes duran en sus cargos por el plazo de dos (2) años, renovable por igual término. A saber:

Un (1) representante del Ministerio de Cultura de la Nación.

Un (1) representante del Consejo Federal de Cultura.

Dos (2) miembros a propuesta del conjunto de las entidades representativas de los artistas gráficos o de las que tengan la mayor cantidad de asociados.

Un (1) miembro de acreditada trayectoria en el área de investigación de las artes gráficas.

Los miembros del Consejo Asesor ejercen sus funciones ad honorem y los gastos que demande su función serán financiados por el Instituto Nacional de las Artes Gráficas.



Nacional Artículo 8 Fomento, promoción, protección y difusión de las artes gráficas nacionales
Artículo 1 ...6 7 8 9 10 ...14

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

No, por los años que tiene puede iniciar la usucapion de 20 años. Comprobando la posecion con testigos mas impuestos pagos


La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion


Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse