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Creación del Colegio de Profesionales de la Higiene y Seguridad en el Trabajo Artículo 25 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 25/05/2024

Creación del Colegio de Profesionales de la Higiene y Seguridad en el Trabajo Buenos Aires
Artículo 25. Funciones del Tesorero

Serán funciones del Tesorero:

1. Organizar y dirigir las acciones relativas al movimiento de fondos del Colegio.

2. Firmar, juntamente con el Presidente, las autorizaciones de pago y las disposiciones de fondos en orden a lo establecido en el Reglamento Interno del Colegio.

3. Dar cuenta del estado económico y financiero del Colegio al Consejo Directivo, y a la Comisión Revisora de Cuentas, cada vez que lo soliciten.

4. Informar mensualmente al Consejo Directivo sobre la situación de la Tesorería.

5. Depositar en bancos en cuentas a nombre del Colegio, con firma a la orden conjunta del Presidente y del Tesorero, los fondos del Colegio.

6. Dirigir y supervisar la confección de los registros contables del Colegio.



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No, por los años que tiene puede iniciar la usucapion de 20 años. Comprobando la posecion con testigos mas impuestos pagos


La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion


Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


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