Contratos de Participación Público - Privada (Contratos de Participación Público - Privada) Provincia de Entre Ríos
Contratos de Participación Público - Privada Provincia de Entre Ríos
- Artículo 1. Los Contratos de Participación Público-Privada son aquellos celebrados entre...
- Artículo 2. Incorpórase el inciso i) al Artículo 26 de la Ley N°5140, cuyo texto...
- Artículo 3. Los Contratos de Participación Pú- blico-Privada constituyen una modalidad...
- Artículo 4. En la oportunidad de estructurarse proyectos de participación...
- Artículo 5. En la estructuración de proyectos de participación público-privada, la...
- Artículo 6. Las empresas y sociedades en las que el Estado provincial, nacional, las...
- Artículo 7. El Poder Ejecutivo podrá, según las características del proyecto y a los...
- Artículo 8. Incompatibilidades para contratar. No podrán asumir la condición de...
- Artículo 9. La selección del contratista se hará mediante el procedimiento de licitación...
- Artículo 10. Previo a efectuar el llamado a licitación o concurso público para la...
- Artículo 11. Cuando la complejidad o monto del proyecto lo justifiquen podrá establecerse...
- Artículo 12. La adjudicación deberá recaer en la oferta que sea considerada la más...
- Artículo 13. Los procedimientos de selección relativos a cualquier contrato que se...
- Artículo 14. Las erogaciones y compromisos que se asuman en el marco de proyectos de...
- Artículo 15. Las obligaciones de pago asumidas en el marco de lo establecido en la...
- Artículo 16. Podrán constituirse garantías sobre los derechos de explotación de los...
- Artículo 17. En el supuesto previsto en el artículo 14º, inciso b), deberá...
- Artículo 18. Las bases de la contratación respectiva podrán contemplar la constitución de...
- Artículo 19. Créase el Fondo Fiduciario de Entre Ríos de Contratos de Participación...
- Artículo 20. El ente fiduciario del Fondo tendrá por función la de administrar sus...
- Artículo 21. La autoridad de aplicación determinará la conformación de este fondo de...
- Artículo 22. El Fondo deberá constituir y mantener en todo momento, una reserva de...
- Artículo 23. Los demás bienes que se asignen al Fondo por Ley o norma habilitante,...
- Artículo 24. El patrimonio del Fondo quedará irrevocablemente afectado a la garantía de...
- Artículo 25. La administración provincial contratante podrá instrumentar y garantizar el...
- Artículo 26. Orden de prelación de los recursos del Fondo: Cuando deba hacer frente a...
- Artículo 27. Tope de las contraprestaciones a cargo de la administración provincial...
- Artículo 28. El funcionamiento del Fondo estará sujeto al régimen de control de la Ley...
- Artículo 29. Sin perjuicio de lo que se establezca en la reglamentación, en los pliegos y...
- Artículo 30. En todos los casos de extinción anticipada del contrato por parte de la...
- Artículo 31. La responsabilidad patrimonial de las partes contratantes se sujetará a lo...
- Artículo 32. Las funciones de regulación y de poder de policía del Estado son...
- Artículo 33. El Tribunal de Cuentas de la Provincia deberá incluir en cada plan de acción...
- Artículo 34. Sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa vigente, será causal...
- Artículo 35. Para todas las controversias que eventualmente pudiesen surgir con motivo de...
- Artículo 36. Contra los laudos de tribunales arbitrales con sede en la República...
- Artículo 37. El contrato podrá prever que los pagos que se devengasen a cargo de la...
- Artículo 38. Créase la Unidad Provincial de Contratos de Participación Público-Privada,...
- Artículo 39. La Unidad Provincial de Contratos de Participación Público-Privada tendrá a...
- Artículo 40. La Unidad Provincial de Contratos de Participación Público-Privada deberá...
- Artículo 41. Créase la Comisión Bicameral de Seguimiento de Contratos de Participación...
- Artículo 42. A las contrataciones sujetas a la presente ley no les serán de aplicación...
- Artículo 43. Autorízase, previa realización del dictamen establecido en el artículo...
- Artículo 44. Para el ejercicio 2018 se establece un tope del cinco por ciento (5%) del...
- Artículo 45. El Poder Ejecutivo Provincial establecerá la autoridad de aplicación de la...
- Artículo 46. Invítese a los municipios de la Provincia de Entre Ríos a adherir a la...
- Artículo 47. Comuníquese, etcétera
Otras regulaciones
Declaración de Estado de Emergencia Pública en Materia Educativa Declaración de servicios esenciales la recolección de residuos urbanos, tanto domiciliarios como patológicos Adhesión provincial a la Ley Nacional N° 27.447 de Trasplante de Organos, Tejidos y Células Promoción de la Cultura Tradicional Entrerriana Creación del Régimen Tarifario Especial para las personas electrodependientes por cuestiones de saludMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Autoriza la implementación y utilización de documentos electrónicos, que se tramitan en el ámbito del sector público provincial Provincia de Entre Ríos Código Procesal Penal Misiones Artículo 191. Atribuciones Código Procesal Penal Buenos Aires Artículo 436. Procedencia Instituye Día de la Reforma Protestante Provincia de Misiones Código Procesal Penal Buenos Aires Artículo 291. Denuncia ante el Ministerio Público FiscalPublique la información de sí mismo
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