Constitución Artículo 97 Provincia de Río Negro
Constitución Río Negro
Artículo 97. ATRIBUCIONES IMPOSITIVAS
Los organismos descentralizados pueden ser facultados para el cobro de los impuestos y contribuciones que les pertenezcan o en los que tengan participación, en la forma y bajo las responsabilidades que la ley establezca.
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Ley Orgánica del Poder Judicial Misiones Artículo 55. Código Procesal Civil y Comercial Río Negro Artículo 437. INCOMPARECENCIA Y FALTA DE INTERROGATORIO Declaración de utilidad pública y expropiación 11062 Provincia de Entre Ríos Transferencia a título gratuito de inmuebles a la Asociación de Bomberos Voluntarios de Eldorado, Misiones Nacional Código Procesal Civil y Comercial Buenos Aires Artículo 732. AudienciaPublique la información de sí mismo
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