Constitución Artículo 41 Provincia del Neuquén
Constitución Neuquén
Artículo 41. Legislación social
La legislación social garantizará un nivel decoroso de vida para el trabajador y su familia. Además tendrá un carácter orgánico y sistematizado para que, mediante la creación de fuentes de trabajo que posibiliten la ocupación plena, establezca las condiciones para hacer efectivo este derecho y lo garantizará mediante la indemnización a la desocupación forzosa.
Provincia del Neuquén Artículo 41 Constitución
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Ley de tránsito. Uso de la vía pública Río Negro Artículo 75. Distribución Desígnase con el nombre Acceso Sur Eva Duarte al tramo vial conocido como Acceso Sur hasta el límite con el Ejido Municipal de la ciudad La Paz Provincia de Entre Ríos Código Procesal Civil y Comercial Chubut Artículo 118. ANOTACION DE PETICIONES Código Procesal de Familia Río Negro Artículo 98. Conminaciones económicas y no pecuniarias Autorizan donación de un inmueble del Estado provincial 11105 Entre Ríos Artículo 1.Publique la información de sí mismo
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