Constitución Artículo 220 Provincia del Neuquén
Constitución Neuquén
Artículo 220. Atribuciones
Los ministros refrendarán y legalizarán con sus firmas las resoluciones del gobernador sin lo cual éstas no tendrán efecto ni se les dará cumplimiento.Sólo podrán resolver por sí mismos en lo referente al régimen interno y disciplinario de sus respectivos departamentos y dictar providencias de trámite. Son responsables de todas las resoluciones y órdenes que autoricen y solidariamente de lo que resuelvan con sus colegas, sin que puedan eximirse de responsabilidad por haber procedido en virtud de órdenes del gobernador.
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Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Código Procesal Penal Buenos Aires Artículo 136. Falta de devolución de las actuaciones Código Procesal Civil y Comercial Chubut Artículo 610. PROCEDENCIA Declaración de Área Natural Protegida a los inmuebles lindantes, bosques protectores y afluentes que conforman el Área de influencia del Arroyo Itaembé Provincia de Misiones Adhesión a la Ley Nacional N° 27.348 - Ley Complementaria de la Ley sobre Riesgos del Trabajo Provincia de Buenos Aires Ley Arancelaria que regula el ejercicio de la profesión de abogados y procuradores Buenos Aires Artículo 17.Publique la información de sí mismo
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