Código Procesal penal Artículo 375 Provincia de Misiones
Código Procesal Penal Misiones
Artículo 375. Designación de Audiencia
Vencido el término de citación a juicio conforme al Artículo 369 del presente Código y cumplida la instrucción suplementaria o tramitadas las excepciones, el Presidente fija día y hora para el debate, con intervalo no menor de diez (10) días, y ordena la citación del Fiscal, partes, defensores y de los testigos, peritos e intérpretes que deben intervenir.
El imputado que está en libertad y los testigos son citados conforme al Artículo 160 del presente Código; puede ordenarse la detención de aquél en el caso previsto por la última parte del Artículo 382 del presente Código.
Provincia de Misiones Artículo 375 Código Procesal penal
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ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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