Código Procesal Penal Artículo 35 Provincia de Buenos Aires
Código Procesal Penal Buenos Aires
Artículo 35. Tribunal Competente
Los conflictos de jurisdicción y competencia serán resueltos por:
1 - El Tribunal de Casación, cuando se plantearen entre Tribunales o Jueces de distintos departamentos judiciales.
2 - La Cámara de Apelación y Garantía, cuando se plantearen entre distintos Jueces de Garantías, Tribunales en lo Criminal, Jueces en lo Correccional o de Ejecución, de su Departamento Judicial.
Provincia de Buenos Aires Artículo 35 Código Procesal Penal
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Ley marco de regulación del empleo público Entre Ríos Artículo 15. Promociones Declaración de utilidad pública y expropiación 11060 Provincia de Entre Ríos Código Procesal Penal Río Negro Artículo 93. CUESTIÓN PREJUDICIAL Establecen el día 17 de septiembre de cada año como Día Provincial de la Seguridad del Paciente Provincia de Buenos Aires Código Procesal Penal Misiones Artículo 146. Testigos de la ActuaciónPublique la información de sí mismo
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