Código Procesal Penal Artículo 335 Provincia de Buenos Aires
Código Procesal Penal Buenos Aires
Artículo 335.
Contenido de la requisitoria. El requerimiento fiscal deberá contener, bajo sanción de nulidad, los datos personales del imputado o, si se ignoraren, los que sirvan para identificarlo; una relación clara, precisa, circunstanciada y específica del hecho; los fundamentos de la acusación; y la calificación legal. Asimismo deberá especificar si, en virtud del hecho atribuido, éste deberá serjuzgado por Tribunal Criminal con o sin jurados o por Juez Correccional. El requerimiento podrá indicar alternativamente aquellas circunstancias de hecho que permitan encuadrar el comportamiento del imputado en un tipo penal distinto, para el caso de que no resulten demostrados en el debate los elementos que componen su calificación jurídica principal, a fin de posibilitar la correcta defensa del imputado.
Provincia de Buenos Aires Artículo 335 Código Procesal Penal
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Leer de nuevo
Porcentaje máximo en el régimen de comisiones que se imponen en el mercado de alquileres de viviendas unifamiliares del sector inmobiliario Provincia del Chubut Otorgan al Yacht Club Argentino, el permiso de uso y goce de la fracción de tierra ubicado en el Partido de General Pueyrredón Provincia de Buenos Aires Ley provincial de educación Buenos Aires Artículo 173. Ley de Protección Integral e Igualdad de Oportunidades y Equidad de Género Chubut Artículo 29. Integración Constitución Neuquén Artículo 25. Libertad de pensamientoPublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios