Imprimir

Código Procesal Civil y Comercial Artículo 800 Provincia de Río Negro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 19/05/2024

Código Procesal Civil y Comercial Río Negro
Artículo 800. TRIBUNAL COMPETENTE

Las causas sobre competencia y facultades entre poderes públicos de la provincia, los conflictos de poderes de los municipios, los conflictos entre distintas municipalidades o entre éstas y otras autoridades provinciales, serán resueltas por el Superior Tribunal, a la vista de los antecedentes que le fueren remitidos y previo dictamen del Procurador General.

Deducida la demanda el Superior Tribunal requerirá del otro poder o autoridad, según corresponda, el envío de los antecedentes constitutivos del conflicto, los que serán remitidos dentro de cinco (5) días a más tardar, con prevención de que será resuelto con los presentados por el demandante.

Provincia de Río Negro Artículo 800 Código Procesal Civil y Comercial
Artículo 1 ...798 799 800 801 802 ...811

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion


Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse