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Código Procesal Civil y Comercial Artículo 515 Provincia de Río Negro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 19/05/2024

Código Procesal Civil y Comercial Río Negro
Artículo 515. CONDENA A ENTREGAR COSAS

Cuando la condena fuere de entregar cosas o cantidades de ellas, a pedido de parte se librará mandamiento para desapoderar de ellas al vencido quien podrá deducir excepciones en los términos establecidos en este capítulo. Si no se dedujeren, los bienes desapoderados se entregarán en carácter de cumplimiento de la sentencia. Si la condena no pudiera cumplirse, se le obligará a la entrega del equivalente de su valor, previa determinación, con los daños y perjuicios a que hubiere lugar. La fijación de su monto se hará ante el mismo juez, conforme las normas de los artículos 503 y 504 o por procesos sumarísimos, según aquél lo establezca.

Provincia de Río Negro Artículo 515 Código Procesal Civil y Comercial
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion


Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


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