Codigo Procesal Civil y Comercial Artículo 42 Provincia de Entre Ríos
Código Procesal Civil y Comercial Entre Ríos
Artículo 42. Temeridad o Malicia
Cuando se declarase maliciosa o temeraria la conducta asumida en el pleito por alguna de las partes, el juez de oficio o a pedido del adversario, le impondrá a ella o a su letrado o a ambos conjuntamente, según las circunstancias del caso, una multa a favor de la otra parte valuada entre el cinco y el veinte por ciento del monto del objeto de la sentencia. En los casos en que el objeto de la pretensión no fuera susceptible de apreciación pecuniaria, el importe no podrá superar la suma equivalente a mil ochocientos juristas. Si mediare pedido de parte, se decidirá previo traslado a la contraria.
Sin perjuicio de considerar otras circunstancias que estime corresponder, el juez deberá ponderar la deducción de pretensiones, defensas, excepciones o interposición de recursos que resulten inadmisibles, o cuya falta de fundamento no se pueda ignorar de acuerdo con una mínima pauta de razonabilidad o encuentre sustento en hechos ficticios o irreales o que manifiestamente conduzcan a dilatar el proceso.-
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Código Procesal Civil y Comercial Río Negro Artículo 524. CREDITO POR EXPENSAS COMUNES Ley Orgánica del Poder Judicial Entre Ríos Artículo 153. Cámara de Concepción del Uruguay Constitución Río Negro Artículo 94. REGIMEN TRIBUTARIO Código Procesal Civil y Comercial Entre Ríos Artículo 416. Número de Testigos Creación del Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal y de Conjuntos Inmobiliarios Neuquén Artículo 22.Publique la información de sí mismo
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