Código Procesal Civil y Comercial Artículo 697 Provincia de Buenos Aires
Código Procesal Civil y Comercial Buenos Aires
Artículo 697. Facultades y deberes del síndico
El síndico podrá incautarse de toda la documentación en que conste la situación parimonial del deudor. El dinero en efectivo deberá depositarse en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, a la orden del juez del concurso.
Si efectuare cobranzas o percibiere fondos de pertenencia del deudor, deberá depositarlos dentro de tercero día, salvo que se tratare de pequeñas sumas, en cuyo caso podrá hacerlo bimestralmente. Deberá, asimismo, acompañar la cuenta de los gastos realizados.
El juez dejará en poder del síndico las sumas que juzgare suficientes para los gastos del concurso, mandando, en caso necesario, extraerlas del depósito.
Estará obligado a apelar de toda resolución de honorarios, aun de los propios.
Provincia de Buenos Aires Artículo 697 Código Procesal Civil y Comercial
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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