Código Procesal Administrativo Artículo 91 Provincia de Entre Ríos
Código Procesal Administrativo Entre Ríos
Artículo 91.
La presente ley será refrendada por los señores ministros secretarios en acuerdo general.
Provincia de Entre Ríos Artículo 91 Código Procesal Administrativo
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Declaran Monumento Histórico Provincial al edificio de la Escuela de Educación Secundaria Nº 3 Florencio Ameghino Provincia de Buenos Aires Código Procesal Civil y Comercial Chubut Artículo 206. FACULTADES DEL JUEZ Adhesión provincial a la Ley nacional sobre la prohibición de carreras de perros, cualquiera sea su raza Provincia del Chubut Código Procesal Civil y Comercial Chubut Artículo 393. DOCUMENTOS EN PODER DE TERCEROS Se prorroga hasta el 31 de marzo de 2018, la vigencia de la Ley 2394 Provincia del NeuquénPublique la información de sí mismo
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