Código Fiscal Artículo 266 Provincia del Neuquén
Código Fiscal Neuquén
Artículo 266. Actualización del precio
Cuando el valor de los actos, contratos u operaciones sujetos a impuestos estén referidos a una fecha base anterior a la de otorgamiento del instrumento, a los efectos del cálculo del impuesto se procederá de la siguiente forma:a) Si el instrumento determina el procedimiento de actualización del precio originalmente pactado, el impuesto se calculará sobre el valor así actualizado que corresponda al penúltimo mes anterior al de la celebración del acto.
b) Cuando el instrumento no determine el procedimiento de actualización, el impuesto se calculará sobre el precio establecido, actualizado en función de la variación del Índice de Precios Internos Mayoristas nivel general que publica el INDEC, operada entre el mes al que se retrotrae la operación y el del correspondiente al penúltimo mes anterior al de la celebración del acto, o el que se disponga en su reemplazo.
Provincia del Neuquén Artículo 266 Código Fiscal
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Código Procesal Civil y Comercial Buenos Aires Artículo 115. Idioma Código de Procedimiento Penal y Correccional Neuquén Artículo 191. Inspección judicial Concientizar a la población sobre los riesgos que implica la ingesta frecuente de alimentos de altos contenidos de grasas saturadas y grasas trans, azúcares y sal adicionadas Provincia de Río Negro Ley Orgánica del Poder Judicial Misiones Artículo 75. Normas de procedimiento administrativo Buenos Aires Artículo 134.Publique la información de sí mismo
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