Código Fiscal Artículo 216 Provincia de Entre Ríos
Código Fiscal Entre Ríos
Artículo 216.
En las promesas de venta y contratos de compraventa, el impuesto se liquidará sobre el valor efectivo de la operación si ésta fuera al contado. En el caso de ser a plazos, el monto imponible será el que resulte de la suma total de las cuotas, excluyendo los gastos de escrituración e impuestos.
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ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Código Procesal Civil y Comercial Entre Ríos Artículo 723. Intervención de los Acreedores Código Procesal Civil y Comercial Entre Ríos Artículo 362. Constancias de Expedientes Judiciales Código Procesal Civil y Comercial Entre Ríos Artículo 732. Ampliación de la Declaratoria Código Procesal Civil y Comercial Entre Ríos Artículo 582. Excepciones Admisibles Código Electoral y de Partidos Políticos Río Negro Artículo 221. RemisiónPublique la información de sí mismo
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