Código Electoral y de Partidos Políticos Artículo 9 Provincia de Río Negro
Código Electoral y de Partidos Políticos Río Negro
Artículo 9. Facilitación de la emisión del voto
Igualmente ninguna autoridad obstaculizará la actividad de los partidos políticos reconocidos en lo que concierne a la instalación y funcionamiento de locales, suministro de información a los electores y facilitación de la emisión regular del voto, siempre que no contraríen las disposiciones de esta Ley.
Provincia de Río Negro Artículo 9 Código Electoral y de Partidos Políticos
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Código Procesal Civil y Comercial Entre Ríos Artículo 777. Extinción del Compromiso Institución como Día Provincial de la Conservación del Suelo Misionero, el 8 de octubre de cada año, en homenaje a la labor realizada por el señor Alberto Roth Provincia de Misiones Código Procesal Civil y Comercial Buenos Aires Artículo 293. Reintegro del depósito Código Procesal Penal Chubut Artículo 301. Juicio por jurados. Integración del tribunal Constitución Chubut Artículo 1. FORMA DE ESTADO Y FORMA DE GOBIERNOPublique la información de sí mismo
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