Código de Procedimiento Penal y Correccional Artículo 61 Provincia del Neuquén
Código de Procedimiento Penal y Correccional Neuquén
Artículo 61. Poder coercitivo
En el ejercicio de sus funciones, el Ministerio Público dispondrá de los poderes acordados al tribunal por el artículo 103.
Provincia del Neuquén Artículo 61 Código Procesal Penal
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Constitución Chubut Artículo 117. POLITICA EDUCATIVA Código Procesal Civil y Comercial Buenos Aires Artículo 244. Plazo Código Procesal Civil y Comercial Buenos Aires Artículo 405. Declaración por oficio Ley Procesal de Familia Entre Ríos Artículo 110. Incomparecencia de los postulantes y carencia de postulantes Código Procesal Civil y Comercial Buenos Aires Artículo 66. Prueba en segunda instanciaPublique la información de sí mismo
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