Código de Procedimiento Penal y Correccional Artículo 333 Provincia del Neuquén
Código de Procedimiento Penal y Correccional Neuquén
Artículo 333. Asistencia del Fiscal y Defenso
La asistencia a la audiencia del Fiscal y del defensor o defensores es obligatoria. Su inasistencia no justificada es pasible de sanción disciplinaria. En este caso el tribunal podrá reemplazarlos en el orden y forma que corresponda, en el mismo día de la audiencia, cuando no sea posible obtener su comparecencia.
Provincia del Neuquén Artículo 333 Código Procesal Penal
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ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Declaración de Personalidad Destacada de la provincia de Río Negro al señor Pablo Otazú Provincia de Río Negro Código Procesal Civil y Comercial Río Negro Artículo 775. APELACION Código de Procedimiento Penal y Correccional Neuquén Artículo 2. Validez temporal Se establece la capacitación obligatoria y permanente en perspectiva de género y violencia contra las mujeres, de acuerdo con lo establecido en la ley nacional 27499 Ley Micaela Provincia de Río Negro Código Procesal Civil y Comercial Entre Ríos Artículo 337. Audiencia de PruebaPublique la información de sí mismo
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