Código Contencioso Administrativo Artículo 72 Provincia de Buenos Aires
Código Contencioso Administrativo Buenos Aires
Artículo 72. Plazo para la demanda. Reglas procesales
(ex artículo 73 renumerado por Ley 13.101).
1.- Si la sentencia fuera favorable al impugnante, dispondrá conforme a las particularidades del caso todas o algunas de las siguientes medidas:
a) La anulación total o parcial de la sanción b) La reincorporación del agente, si la sanción hubiera sido expulsiva c) El reconocimiento de los haberes devengados 2.- De acuerdo a las características de la causa cuando se anulare una sanción expulsiva, junto con la declaración de nulidad, el órgano urisdiccional podrá ordenar la adopción de las medidas que estimare conducentes con arreglo a lo dispuesto en el artículo 50 del presente Código
Provincia de Buenos Aires Artículo 72 Código Contencioso Administrativo
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Código Procesal Civil y Comercial Chubut Artículo 471. TRAMITE. RESOLUCION Código Procesal Penal Misiones Artículo 275. Interrogatorio Previo Contribuciones Patronales Nacional Artículo 2. Fomento al consumo de miel de abeja y otros productos derivados de la colmena Provincia de Misiones Declaración de Personalidad Destacada Post Mortem al señor Teodoro Carlos Quintana Provincia de Buenos AiresPublique la información de sí mismo
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