Adhesión provincial a la Ley Nacional N°27.499, Ley Micaela de Capacitación Obligatoria en Género para todas las Personas que Integran los Tres Poderes del Estado (Adhesión provincial a la Ley Nacional N°27.499) Provincia de Entre Ríos
Adhesión provincial a la Ley Nacional N°27.499, Ley Micaela de Capacitación Obligatoria en Género para todas las Personas que Integran los Tres Poderes del Estado Provincia de Entre Ríos
- Artículo 1. Adhiérase la Provincia de Entre Ríos, en todos sus términos a la Ley...
- Artículo 2. La autoridad de aplicación de la presente ley es el Ministerio de Desarrollo...
- Artículo 3. Créase el "Observatorio de Seguimiento de Capacitación en Género y...
- Artículo 4. Son funciones del Observatorio: el asesoramiento, participación y sugerencia...
- Artículo 5. El Observatorio certificará la calidad de las capacitaciones que elabore e...
- Artículo 6. Facúltase a la autoridad de aplicación u organismo que este prevea, a la...
- Artículo 7. La autoridad de aplicación contará con un link de acceso directo en la...
- Artículo 8. Las personas que se negaren sin justa causa a realizar las capacitaciones...
- Artículo 9. Facúltase al Poder Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias que...
- Artículo 10. Invítase a los municipios, comunas y Juntas de Gobierno de las localidades...
- Artículo 11. Comuníquese, etcétera
Otras regulaciones
Autorización al Superior Gobierno de la Provincia a aceptar la donación formulada por la Municipalidad de Alcaráz Creación del Colegio de Licenciados en Bromatología Procedimiento para la intervención de amigos del Tribunal AMICUS CURIAE Presupuesto de la Administración Colegio de abogados y procuradoresMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Código Procesal Administrativo Entre Ríos Artículo 63. Prueba confesional Declaración de utilidad pública y expropiación de un inmueble ubicado en la localidad de Dock Sud Provincia de Buenos Aires Código Procesal Penal Misiones Artículo 185. Denuncia ante el Juez de Instrucción Código Procesal Civil y Comercial Chubut Artículo 682. DICTAMEN TECNICO ADMINISTRATIVO Gratuidad en el servicio de energía eléctrica para usuarios electrodependientes Provincia del NeuquénPublique la información de sí mismo
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