Se autoriza al Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, a aceptar el ofrecimiento de donación de un inmueble formulado por la Municipalidad de San Jaime de la Frontera (Aceptar el ofrecimiento de donación de un inmueble formulado por la Municipalidad de San Jaime de la) Provincia de Entre Ríos
Se autoriza al Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, a aceptar el ofrecimiento de donación de un inmueble formulado por la Municipalidad de San Jaime de la Frontera Provincia de Entre Ríos
- Artículo 1. Autorízase al Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, a aceptar el...
- Artículo 2. Establécese que esta donación se acepta con el cargo de que el inmueble...
- Artículo 3. Facúltase a la Escribanía Mayor de Gobierno a realizar los trámites...
- Artículo 4. Comuníquese, etcétera.
Otras regulaciones
Declararon el estado de emergencia pública Autorización al Poder Ejecutivo a aceptar la oferta de donación, formulada conforme Ordenanza Nº 10.410 del Honorable Concejo Municipal y Decreto Nº 26.228 Autorización al Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda a donar a la Municipalidad de Concordia Ratificación de la vigencia de la declaración de utilidad pública y sujeción a expropiación en relación al inmueble individualizado en el Artículo 1° de la Ley N° 10.116 Autorización al Poder Ejecutivo a aceptar la donación de una fracción de terreno, efectuada por la Municipalidad de GobernadorMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Código Procesal Penal Buenos Aires Artículo 199. Aplicación del Código Procesal en lo Civil y Comercial Código Procesal Laboral Entre Ríos Artículo 107. Régimen de Jubilaciones y Pensiones y servicios de Obra Social para el Personal de la Administración Pública Misiones Artículo 81. Código Procesal Civil y Comercial Chubut Artículo 739. PARTICION PRIVADA Declaración de utilidad pública y expropiación Provincia de Entre RíosPublique la información de sí mismo
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