Subsidios para los municipios (Subsidios para los municipios) Provincia de San Juan
Subsidios para los municipios Provincia de San Juan
- Artículo 1. Acordar un subsidio por la suma de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS MILLONES...
- Artículo 2. Facultar al Poder Ejecutivo para que, a través del Ministerio de Hacienda y...
- Artículo 3. La presente Ley es de Necesidad y Urgencia.
- Artículo 4. Comunicar y elevar esta Ley a la Cámara de Diputados de la Provincia a los...
Otras regulaciones
Apruebase el convenio marco de colaboracion, celebrado el 4 de septiembre de 2017, entre el ministerio de hacienda y finanzas Ley Impositiva, año Fiscal 2017 Museo Centro de Interpretación Cultural de Buenaventura Luna Se aprueba la Adenda al Convenio celebrado entre el Gobierno de la Provincia de San Juan y los diecinueve municipios Registro de Identificación del recién nacido y su madre asistidaMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
No, por los años que tiene puede iniciar la usucapion de 20 años. Comprobando la posecion con testigos mas impuestos pagos
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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