Administración Pública Provincial. Se establece que los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, deben incorporar en su portal web, en forma legible y destacada, la leyenda Las Malvinas son Argentinas (Se establece que los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, deben incorporar en su portal web) Provincia del Neuquén
Administración Pública Provincial. Se establece que los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, deben incorporar en su portal web, en forma legible y destacada, la leyenda Las Malvinas son Argentinas Provincia del Neuquén
- Artículo 1. Se establece que los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, sus...
- Artículo 2. Se invita a los municipios, empresas privadas con sede en la provincia,...
- Artículo 3. Comuníquese al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
Se autoriza al Poder Ejecutivo Provincial, a contraer un préstamo de acuerdo con la Ley nacional 24855 Mediación comunitaria. Resolución de conflictos Capacitación en materia de violencia de género y ejercicio de las masculinidades a las y los estudiantes y docentes de los establecimientos educativos de gestión pública y privada de la provincia Adhesión provincial al Día Nacional de la Juventud Institución del mes de agosto como Mes de la Lactancia MaternaMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Código Procesal Civil y Comercial Chubut Artículo 673. NOMBRAMIENTO DEL PERITO. EDICTOS Señalización por traslado de obras de arte o placas Provincia de Buenos Aires Código Procesal Civil y Comercial Chubut Artículo 153. JUICIOS DE DIVORCIO Y DE NULIDAD DE MATRIMONIO Constitución Misiones Artículo 85. Código Procesal Penal Misiones Artículo 287. CitaciónPublique la información de sí mismo
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