Se autoriza al Superior Gobierno a aceptar el ofrecimiento en donación de un inmueble ubicado (Se autoriza al Superior Gobierno a aceptar el ofrecimiento en donación de un inmueble ubicado ) Provincia de Entre Ríos
Se autoriza al Superior Gobierno a aceptar el ofrecimiento en donación de un inmueble ubicado Provincia de Entre Ríos
- Artículo 1. Ratifíquese la aceptación de la donación formulada por la Señora Belén...
- Artículo 2. Autorízase al Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos a aceptar el...
- Artículo 3. Establécese que la presente donación es con cargo para el Superior Gobierno...
- Artículo 4. Facúltase a la Escribanía Mayor de Gobierno a realizar los trámites...
- Artículo 5. Comuníquese, etcétera
Otras regulaciones
Excepción del pago a los adjudicatarios del Programa de Urbanización de Villas y Asentamientos Precarios Régimen de Capacitación Obligatoria en Técnicas de Reanimación Cardiopuimonar Ratificación de la vigencia de la declaración de utilidad pública y sujeción a expropiación dispuesta por la Ley N° 10.237 Declaración de Área Natural Protegida Don Gil en la categoría Reserva de Usos Múltiples Autorización al Superior Gobierno de la Provincia a tranferir a título de donación a favor de la Municipalidad de ConcordiaMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Código Procesal Civil y Comercial Chubut Artículo 409. QUIENES PUEDEN SER CITADOS Ley marco de regulación del empleo público Entre Ríos Artículo 100. Código Procesal Penal Buenos Aires Artículo 283. Vencimiento de plazos Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil Nacional Artículo 16. Ley provincial de educación Buenos Aires Artículo 59.Publique la información de sí mismo
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