Regularon la comercialización e industrialización de metales no ferrosos (Regularon la comercialización e industrialización de metales no ferrosos) Provincia del Chubut
Regularon la comercialización e industrialización de metales no ferrosos Provincia del Chubut
- Artículo 1. La presente ley regula la actividad de las personas humanas y jurídicas...
- Artículo 2. Se entiende por metales no ferrosos a todos los metales y aleaciones que...
- Artículo 3. Será Autoridad de Aplicación el Ministerio de Seguridad y Justicia u...
- Artículo 4. Créase el "Registro Provincial de Control de las Actividades de Acopiadores y...
- Artículo 5. Los sujetos alcanzados por la presente norma deben asentar todas sus...
- Artículo 6. Con el objeto de dar publicidad sobre su propiedad y uso exclusivo, las...
- Artículo 7. Establézcase la obligación de compulsar los catálogos establecidos en el...
- Artículo 8. La constatación de las obligaciones de registración fijadas en las...
- Artículo 9. Durante el procedimiento de inspección los funcionarios designados por la...
- Artículo 10. Las personas humanas y jurídicas mencionadas en artículo 1° que incurran en...
- Artículo 11. Sí en ocasión de un proceso de fiscalización la persona humana o jurídica...
- Artículo 12. El incumplimiento de las disposiciones de la presente ley o de las...
- Artículo 13. Los infractores serán pasibles de las siguientes sanciones: 1)...
- Artículo 14. Las infracciones son calificadas por la autoridad de aplicación según la...
- Artículo 15. Siempre que lo considere conveniente, el Ministerio Público Fiscal informará...
- Artículo 16. El Poder Ejecutivo provincial, a través de la Autoridad de Aplicación,...
- Artículo 17. Créase la "Mesa de Coordinación Interinstitucional" con el objetivo de...
- Artículo 18. Facúltase a la Autoridad de Aplicación a dictar las normas complementarias,...
- Artículo 19. Autorizase al Poder Ejecutivo a realizar las modificaciones presupuestarias...
- Artículo 20. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro de los sesenta (60)...
- Artículo 21. Se invita a los municipios a adherir a la presente ley en el marco de sus...
- Artículo 22. LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Faculta a las Municipalidades, Comisiones de Fomento y Comunas Rurales a utilizar los fondos no invertidos Declaración del Estado de Emergencia Económica, Financiera y Administrativa Adhesión provincial a la Ley Nacional N°27.279 Adhesión provincial a las Leyes Nacionales N° 26.160 y 27.400 Autorización de donación de vehículoMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Código de Faltas municipales Buenos Aires Artículo 3. Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas Misiones Artículo 45. Establecen límites jurisdiccionales de la Comuna Colonia Hocker, Distrito Segundo del Departamento Colón Provincia de Entre Ríos Constitución Misiones Artículo 2. Adhesión de la Provincia de Buenos Aires a la Ley Nacional 25.929 Ley de Parto Humanizado Provincia de Buenos AiresPublique la información de sí mismo
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