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Regulación de la prestacion del servicio publico de transporte de personas Artículo 47 Provincia de San Juan


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 19/05/2024

Regulación de la prestacion del servicio publico de transporte de personas San Juan
Artículo 47. Servicio turístico

El servicio turístico o de excursión, es considerado un servicio contratado especial, que brinden agencias o empresas de turismo como parte de su actividad, a fin de realizar visitas a lugares de interés turístico, histórico, cultural o de esparcimiento. Los recorridos deberán efectuarse con itinerarios fijos de ida y vuelta o circuitos cerrados con los mismos pasajeros, y necesariamente deberá intervenir una agencia o empresa de turismo, quien será la obligada frente al tercero, debiendo establecerse vía reglamentaria los requisitos, procedimientos y modos de cumplimiento de tal servicio, todo ello de conformidad a lo dispuesto por la Ley Nacional Nº 18829



Provincia de San Juan Artículo 47 Regulación de la prestacion del servicio publico de transporte de personas, que se realice dentro del territorio de la provincia de san juan
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion


Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


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