Régimen Provincial de Armas de Fuego (Régimen Provincial de Armas de Fuego) Provincia de Buenos Aires
Régimen Provincial de Armas de Fuego Provincia de Buenos Aires
- Artículo 1. La presente Ley tiene como objetivo prevenir y reducir la violencia con...
- Artículo 2. A los fines de la presente Ley se considerará arma de fuego y material...
- Artículo 3. Las personas físicas o jurídicas, titulares o responsables de comercios,...
- Artículo 4. Toda persona que adquiera un arma de fuego en territorio de la Provincia...
- Artículo 5. En los procesos penales en los que se hubiere procedido al secuestro de...
- Artículo 6. Cuando en virtud de disposición judicial o administrativa se hubiere...
- Artículo 7. Incorpórase el artículo 7º ter de la Ley Provincial de Violencia...
- Artículo 8. Modifícase el artículo 226 de la Ley Nº 11922, el que quedará...
- Artículo 9. A partir de la entrada en vigencia de la presente ley, las armas de fuego,...
- Artículo 10. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Obligación de las empresas del transporte colectivo de pasajeros de jurisdicción Declaración de utilidad pública y expropiación por su valor histórico y cultural el inmueble ubicado en el partido de Luján Declaran Ciudadano Ilustre de la Provincia al Dr. Juan Carlos Cabirón Prorroga por 1 año la vigencia de la Ley 14262 Declaran como Personalidad Destacada de la Provincia de Buenos Aires a Mariano TubioMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Código Procesal Civil y Comercial Chubut Artículo 297. SENTENCIA. PLAZO Expropiación de inmuebles destinados a la ejecución de un proyecto de urbanización para atender el deficit habitacional de la Ciudad de Posadas Provincia de Misiones Código Procesal Civil y Comercial Chubut Artículo 438. CARGA DE LA CITACION Declaran personalidad destacada del deporte de la Provincia al futbolista Juan Román Riquelme Provincia de Buenos Aires Asignación de horas cátedras a través del Area de Institutos Policiales Provincia del ChubutPublique la información de sí mismo
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