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Régimen de Prevención, Asistencia y Protección contra la Violencia por razones de Género Artículo 37 Provincia de Entre Ríos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 25/05/2024

Régimen de Prevención, Asistencia y Protección contra la Violencia por razones de Género Entre Ríos
Artículo 37.

En relación a la violencia de género en la libertad reproductiva y la violencia obstétrica:

1. Competencia. Serán competentes:

a) Los Juzgados Civil y Comercial.

b) Ante la ausencia del organismo del inciso a) en la jurisdicción, serán competentes los Juzgados con competencia múltiple a cargo de la materia civil;

c) Ante la ausencia de los organismos de los incisos a) y b) en la jurisdicción, serán competentes los Juzgados de Paz.

2. Medidas. El Juez o la Jueza sólo podrá garantizar el ejercicio de objeción de conciencia cuando no provoque un supuesto de violencia obstétrica o contra la libertad reproductiva de las mujeres.

3. Normas de aplicación subsidiaria. Serán de aplicación al proceso en forma subsidiaria las disposiciones de la Ley nacional de Derechos del Paciente en su Relación con los Profesionales e Instituciones de la Salud N° 26.529, la Ley Nacional de Sida N° 23.798 y la Ley de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo N° 27.610.



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No, por los años que tiene puede iniciar la usucapion de 20 años. Comprobando la posecion con testigos mas impuestos pagos


La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion


Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


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