Reconocimiento por parte del Estado nacional una indemnización a favor de los ex agentes de Yacimientos Petrolíferos Fiscales S.A., sus herederos o derechohabientes a los cuales no se les hubiera incluido en el Programa de Propiedad Participada (Reconocimiento por parte del Estado nacional una indemnización) Nacional
Reconocimiento por parte del Estado nacional una indemnización a favor de los ex agentes de Yacimientos Petrolíferos Fiscales S.A., sus herederos o derechohabientes a los cuales no se les hubiera incluido en el Programa de Propiedad Participada Nacional
- Artículo 1. Reconócese por parte del Estado nacional una indemnización a favor de los ex...
- Artículo 2. A los efectos de la presente ley, se considera personal de Yacimientos...
- Artículo 3. La indemnización que le corresponderá a cada ex agente de Yacimientos...
- Artículo 4. Los ex agentes que, reuniendo los requisitos del artículo 2°, se...
- Artículo 5. En los términos establecidos en el artículo precedente y para aquellos que...
- Artículo 6. Los sujetos con derecho a solicitar la compensación en el artículo 4°,...
- Artículo 7. Para el supuesto de ex agentes que no hubieren promovido acción judicial, el...
- Artículo 8. Establécese la inembargabilidad de las indemnizaciones que se otorguen de...
- Artículo 9. Establécese la inembargabilidad de las indemnizaciones que se otorguen de...
- Artículo 10. Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
Otras regulaciones
Regimen para la recuperacion, fomento y desarrollo de la actividad caprina Institución del día 30 de noviembre de cada año como Día Nacional del Mate Disposiciones para el Desarrollo de la Marina Mercante Nacional y la Integración Fluvial Regional Prohíbese en los establecimientos de educación pública toda acción institucional que impida el inicio o continuidad del ciclo escolar a alumnas embarazadas Promoción del desarrollo y producción de la biotecnología modernaMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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