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Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2018 Artículo 23 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 27/05/2024

Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2018 Nacional
Artículo 23.

Establécese para el Ejercicio 2018 un cupo fiscal de DÓLARES ESTADOUNIDENSES UN MIL CUATROCIENTOS VEINTIÚN MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL (U$S 1.421.250.000) para ser asignado a los beneficios promocionales previstos en el artículo 6° de la ley 27.191. La autoridad de aplicación de la ley mencionada asignará el cupo fiscal de acuerdo con el procedimiento establecido al efecto. Los beneficios promocionales se aplicarán en pesos, conforme lo establecido por la autoridad de aplicación. Sin perjuicio de lo previsto precedentemente, se transferirá automáticamente al Ejercicio 2018 el saldo no asignado del cupo fiscal presupuestado en el artículo 1° del decreto 882 del 21 de julio de 2016 y en el artículo 25 de la ley 27.341

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No, por los años que tiene puede iniciar la usucapion de 20 años. Comprobando la posecion con testigos mas impuestos pagos


La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion


Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


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