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Combustibles. Exenciones impositivas Artículo 2 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 19/05/2024

Combustibles. Exenciones impositivas Nacional
Artículo 2.

Las exenciones establecidas en el artículo 1º de la presente ley se mantendrán en vigencia por el término de CUATRO (4) meses a contar desde su publicación en el Boletín Oficial. Los volúmenes importados con la exención establecida en el artículo 1º deberán ser comercializados en el plazo establecido en el párrafo anterior. Al término del mismo, de existir remanentes, los importadores deberán solicitar una autorización, con causa justificada, a la Secretaría de Energía dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios y la Secretaría de Hacienda dependiente del Ministerio de Economía y Producción, para su comercialización libre de impuestos y tasas detalladas en el primer párrafo del artículo 1º, por plazo determinado y por única vez, plazo que no podrá superar los SESENTA (60) días corridos.



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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion


Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


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